viernes, 6 de julio de 2012

Campaña de Regularización Salarial: Resolución del Consejo Directivo


VISTO:

El Inciso 1 del presupuesto de la UBA asignado a esta Facultad para los ejercicios 2008 (Res. CS Nº 4211/08) y 2012 (Res. CS Nº        /12).

Año 2008:
-          Inciso 1 del presupuesto de la UBA $1.053.128.047
-          Inciso 1 del presupuesto de la FFyL $ 52.359.273
-          Porcentaje de la FFyL en el Inciso 1 de la UBA 4,97%

Año 2012:
-          Inciso 1 del presupuesto de la UBA $3.299.939.603
-          Inciso 1 del presupuesto de la FFyL $ 149.377.789
-          Porcentaje de la FFyL en el Inciso 1 de la UBA 4,53%

Los datos elaborados por la Secretaría Académica relativos a la situación de la planta docente de esta Facultad para el año 2012. De acuerdo a esta información, los cargos afectados por distintas formas de irregularidad salarial son, de un total de 874, los siguientes:

o   220 cargos son ad honorem, es decir, no tienen salario alguno (10,8% del total).
o   320 cargos tienen asignadas temporariamente rentas correspondientes a concursos o licencias de otros cargos (15,7% del total).
o   147 cargos son inadecuados, es decir, tienen un salario correspondiente a una categoría inferior a la que corresponde (7,2% del total).
o   187 cargos también inadecuados, perciben un salario correspondiente a su categoría, pero han sido adecuados a ésta temporariamente con rentas correspondientes a concursos o licencias de otros cargos (9,1% del total).


CONSIDERANDO:

Que la cantidad de cargos docentes existentes en nuestra Facultad resulta indispensable para el desarrollo de las actividades de docencia, investigación y extensión de esta Casa de Estudios.

Que el cuadro de irregularidades salariales descripto, que afecta en la actualidad al 42,9% de los cargos docentes, manifiesta claramente la insuficiencia del presupuesto asignado a esta Facultad para salarios.

Que esta situación implica un manifiesto e injustificable perjuicio a los docentes afectados, violatorio del derecho elemental a percibir una remuneración correspondiente al trabajo realizado.

Que incluso aquellos docentes que perciben un salario temporario se ven imposibilitados de regularizar sus cargos, con el consiguiente perjuicio para su estabilidad laboral.

Que al deterioro de su situación laboral se agrega también la lesión provocada a su situación académica, en tanto se obturan las posibilidades de concurso, promoción y acceso a otros beneficios legítimos vinculados al desarrollo personal y profesional.

Que esta situación impide de hecho el cumplimiento del principio establecido en el Estatuto de la UBA en cuanto a que el acceso a los cargos docentes debe realizarse por concurso, con el consiguiente menoscabo institucional.

Que esta situación constituye un obstáculo permanente a la labor de las autoridades departamentales y de este Consejo Directivo, cuya responsabilidad en el diseño de la política académica y de investigación se ve constantemente obturada por la mencionada precariedad presupuestaria.

Que según la estimación presentada ante este Consejo por la Comisión Directiva de la Asociación Gremial Docente de nuestra Facultad (AGD-FyL), en base a los datos que se citan en el VISTO de la presente, resulta necesario un incremento aproximado del 9,76% del Inciso 1 del presupuesto asignado a esta Facultad para alcanzar la regularización de la situación salarial de todos los cargos docentes de la misma.

Que en los últimos cinco períodos, el Inciso 1 del presupuesto de nuestra Facultad se redujo, en términos de su participación en el total del presupuesto destinado a salarios por la Universidad de Buenos Aires, del 4,97% del total en 2008 al 4,53% en 2012 (caída equivalente a un 9,72 % del inciso 1 actual de la Facultad de Filosofía y Letras).

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Presentar ante el Consejo Superior el pedido para se otorgue a la Facultad de Filosofía y Letras un aumento del 9,76% del inciso 1, necesario para alcanzar la regularización salarial de su planta docente.

ARTÍCULO 2: Encomendar a la Comisión de Enseñanza y a la Secretaría Académica que elaboren el proyecto de resolución correspondiente al pedido mencionado, teniendo en cuenta los datos presupuestarios y la composición de la planta docente, como así también la información referida a los demás aspectos de las actividades de docencia, investigación y extensión que se ven afectadas por la situación descripta.


ARTÍCULO 3: Comuníquese a todas las dependencias académicas de esta Facultad, a los Departamentos de Carreras, a la AGD-Filosofía y Letras, y al Consejo Superior de la UBA, envíese por el Área de Prensa y otros medios de difusión pública y cumplido, archívese.